En la sesión de Diputados, presidida por Pedro Cassani, se sancionó la Ley que reivindica el dominio provincial sobre la EBY, autoría del senador Noel Breard y varios de sus pares. Recordemos que la normativa ya tenía media sanción de la Cámara de Senadores y ahora pasa al poder ejecutivo para su promulgación y puesta en vigencia. La Ley establece taxativamente:
ARTÍCULO 1º. RATIFICAR el dominio originario de la Provincia de Corrientes sobre los recursos naturales de índole hídrica ubicados en territorio provincial aprovechados por el Complejo Binacional Hidroeléctrico Yacyretá, de conformidad al artículo 124 de la Constitución Nacional.
ARTÍCULO 2º. En razón de la ratificación del artículo que precede, reivindicar como de dominio provincial el Complejo Binacional Hidroeléctrico Yacyretá en la parte que le corresponde a la República Argentina, por razones de reparación histórica, Cláusula para el Progreso del artículo 75 inciso 18 y 19 de la Constitución Nacional, de igualdad de trato respecto de la Alta Parte Contratante (Paraguay, que aportó lo mismo que Corrientes y tiene el 50% de la represa), y de compensación por trato discriminatorio (el Tratado original previó el efecto espejo incumplido de realizar iguales inversiones para el desarrollo local y regional en ambos países contratantes).
La normativa, que consta de 8 artículos pasa al Poder Ejecutivo para su promulgación y puesta en vigencia.