
De esta manera, los comprobantes con vencimiento en el período en que la localidad afectada se encuentre en fases anteriores a la 5, podrán ser abonadas sin intereses a la finalización de las mismas.
No obstante, la DPEC solicita a los usuarios que cuentan con la posibilidad de abonar dichos comprobantes por medios digitales que utilicen tal modalidad, en el entendimiento que el pago de las facturas es necesario para el mantenimiento de un servicio esencial como el de la distribución de la energía.