El pasado jueves 20 de abril de 2022 desde las 9.30 se materializó en la OFIJU de Ituzaingó una audiencia multi propósito de control de la acusación que por pedido de la Fiscalía a cargo de la subrogante doctora Analia Moreyra se transformó en una audiencia de Juicio Abreviado Pleno, por lo que se condenó al imputado a 5 años de prisión de cumplimiento efectivo por el delito de “Abuso sexual agravado por la minoridad y la convivencia”.
Lo destacable es que en menos de seis meses, ya que el hecho ocurrió el 10 de octubre de 2022 se llegó a una pena de cinco años de cumplimiento efectivo, siendo la máxima prevista de 10 años.
El delito y la pena
Este delito está previsto y penado por el artículo Art 119 1° párrafo inciso F del Código Penal. Y la pena prevé un máximo de 10 años.
El artículo 119 establece que “Será reprimido con reclusión o prisión de seis (6) meses a cuatro (4) años el que abusare sexualmente de una persona cuando ésta fuera menor de trece años o cuando mediare violencia, amenaza, abuso coactivo o intimidatorio de una relación de dependencia, de autoridad, o de poder, o aprovechándose de que la víctima por cualquier causa no haya podido consentir libremente la acción.
La pena será de 4 a 10 años de reclusión o prisión cuando el abuso por su duración o circunstancias de su realización, hubiere configurado un sometimiento sexual gravemente ultrajante para la víctima”, y en base a esto se llegó al acuerdo de 5 años.
La audiencia
En la audiencia estuvieron presentes el juez de Garantías, doctor Néstor Oscar Anocibar, la Fiscal subrogante doctora Analía Moreyra, la Asesora de Menores, doctora Claudia Esquivel, el imputado, la defensa particular, y el secretario del juzgado doctor Marcos Alberto Lucca. También miembros de la OFIJU que se encargaron de las cuestiones organizativas de la audiencia.
No estuvieron presentes ni la víctima ni su madre.
El caso
El hecho ocurrió el 10 de octubre de 2022 y la denuncia la hizo la madre de la niña de 8 años. Luego, comenzó la investigación que incluyó la testimonial de la denunciante y la declaración de la pequeña en Cámara Gessell para no revictimizarla, entre otras pruebas aportadas a la causa.
En la jornada de ayer, la Fiscalía pidió que la audiencia de control de la acusación se transforme en una audiencia de juicio abreviado pleno, ya que la misma es multipropósito.
Una vez que el doctor Anocibar lo aceptó, la fiscal presentó por escrito el convenio con la defensa y se homologó el mismo.
De esta manera el caso concluyó en menos de 6 meses de sucedido, lo que muestra a las claras los beneficios en cuanto a tiempos procesales del nuevo Código Procesal Penal que comenzó a regir en la 5ta Circunscripción el 1° de julio de 2021.
Notificación a la víctima
La denunciante no asistió a la audiencia, por lo que la sentencia se le notificará de acuerdo a lo que establece el artículo N°350.