La Prefectura Ituzaingó, informa a través de nuestro medio, a la comunidad en general y especialmente a los propietarios de Embarcaciones Menores de construcción artesanal, canoas y botes a remos que navegan con motor fuera de borda colocado, que desde el pasado 2 de octubre del corriente año, entró en vigencia la ORDENANZA Nº 03/19, de la Dirección de Policía de Seguridad de la Navegación, en la que se especifican “Las Normas Técnicos - Administrativas para la Certificación de Embarcaciones Menores”.
La citada Ordenanza, establece los requisitos mínimos necesarios para la certificación de embarcaciones deportivas y menores, a fin de dar cumplimiento a los estándares de seguridad pretendido para navegar en aguas de jurisdicción nacional. La Certificación, de las pruebas y controles que deban realizarse, podrá ser extendido por el mismo Profesional que este encomendado en el expediente de Autorización de Construcción y en el Certificado de Construcción.
La Prefectura Naval Argentina, considerará particularmente aquellas que presenten características constructivas simples con materiales básicos que se realicen para uso particular no comercial en aguas protegidas, que puedan ser utilizados por el usuario como medio de transporte (Ej. Canoas Isleña, balsas o pontones).
Para mayor información dirigirse a la PREFECTURA ITUZAINGO, Sección POLINAVE, sito en Bernardino Valle Nº2223, de esta ciudad, de Lunes a Viernes de 07:00 a 13:00 horas.