En el marco de la emergencia hídrica en la provincia por la falta de lluvias y la bajante del río Paraná los contribuyentes de la Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip) de 14 ciudades: Corrientes (Capital), Bella Vista, Yahapé, Empedrado, Esquina, Itá Ibaté, Goya, Itatí, Ituzaingó, San Antonio (Isla Apipé), Villa Olivari, Lavalle, San Cosme, Paso de la Patria tendrán más tiempo para cumplir con el pago y la presentación de las declaraciones juradas con vencimientos fijados entre el 27 de julio de 2021 y el 30 de abril de 2022.
El Gobierno nacional en una nueva medida de asistencia a la provincia de Corrientes, en el marco de la sequía y bajante del río Paraná, dispuso a través de la Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip), que se considerarán cumplidos en término siempre que se efectivicen hasta las fechas que se indican a continuación:
Las obligaciones vencidas del 1 al 31 de octubre del año 2021, tendrán fecha de vencimiento el 25 de abril de 2022; en tanto que las que vencieron del 1 al 30 de noviembre de 2021, vencerán 24 de mayo de 2022; también se dispuso que las que tenían fecha exigible de compromiso de pago del 1 al 31 de diciembre de 2021, podrán hacerlo el 24 de junio de 2022.
En este contexto, ya en lo que se refiere al año 2022 las que se tenían que abonar del 1 al 31 de enero de 2022; lo podrán hacer el 25 de julio de 2022; las obligaciones vencidas entre el 1 al 28 de febrero de 2022, tienen fecha de vencimiento 24 de agosto de 2022; las que vencen entre el 1 al 31 de marzo de 2022, el 26 de septiembre de 2022; y finalmente las que venzan entre el 1 al 30 de abril de 2022, su fecha se postergará hasta el 24 de octubre de 2022.
La medida abarca contribuyentes de 169 localidades establecidas por el Consejo Nacional para la Gestión Integral del Riesgo y la Protección Civil, quienes a través del Decreto 482/2021 habían sido beneficiados con el acceso a plazos especiales para el pago de los anticipos de los impuestos a las Ganancias, bienes personales e IVA así como para las obligaciones correspondientes a las contribuciones de la seguridad social, al régimen previsional de trabajadores autónomos y los monotributistas.
El Decreto Nº 118/2022 fijó una prórroga del estado de emergencia hídrica por 90 días.
Cabe recordar que similares beneficios dispuso el Gobierno nacional en el marco de la catástrofe ambiental que se desató en la provincia de Corrientes a causa de los incendios.
Tanto es así que también los pequeños productores y empresas que se vieron afectados en distintas ciudades disponen de prórrogas y exenciones impositivas en este año.