La fiesta “clandestina” en la que hubo heridos y de la cual hablan algunos medios, no se realizó en la ciudad de Ituzaingó, sino inmediaciones de San Gará a 15 kilómetros de la ciudad.
De acuerdo a informaciones a la que tuvimos acceso, los heridos de la fiesta llegaron a Ituzaingó para pedir atención en el hospital local e ingresaron por el acceso principal, pero no fueron atendidos en el hospital por las razones de conocimiento público vinculados al Covid19.
Las personas que participaban de la fiesta en inmediaciones de Villa Olivari, algunas serían de la provincia de Misiones e ingresaron a la ciudad, pero no fueron atendidos en el hospital por lo que tuvieron que regresar a Misiones.
Las planillas que obran en el ingreso, muestra la hora de ingreso de las lesionados entre las que se encuentra una persona de nombre Miguel L., con domicilio en San Carlos. El mismo registra indica que esta persona ingresó a Ituzaingó en horas de la tarde noche, para comprar en un Supermercado de la ciudad, y luego vuelve a ingresar a las 02:00 horas con lesiones para ser atendido en el hospital local.
La Policía de Ituzaingó aclaró que nunca intervino en una fiesta donde hubo lesionados o heridos, la policía de la Comisaria Tercera si intervino en una fiesta clandestina que se realizó en una casa cuya responsable es una señora de apellido Cárdenas, en donde había 40 personas todos oriundos de nuestra ciudad.
De acuerdo al parte policial en la madrugada del sábado 12 de septiembre, los efectivos se encontraban recorriendo la ciudad y advirtieron un número importante de autos estacionados fuera y dentro de un domicilio, donde además se escuchaba música en volumen alto. Los uniformados se acercaron al lugar y fueron atendidos por una mujer identificada como Cárdenas quien manifestó que se trataba de una fiesta de entre 6 o 7 personas.
Ante lo expuesto la policía hizo salir de la vivienda a todas las personas contabilizando un total de 40, 32 mayores y 8 menores. En el lugar los policías identificaron a todas estas personas y les informaron de los alcances del Art 205 del CPA que dice que: “Será reprimido con prisión de seis meses a dos años, el que violare las medidas adoptadas por las autoridades competentes, para impedir la introducción o propagación de una epidemia.” Además, la vivienda quedó cerrada y con la debida custodia policial.
En el hecho tomó intervención y conocimiento el fiscal de instrucción en turno quien impartió las directivas a seguir en. Se continúan con las diligencias de rigor. La causa fue caratulada de oficio “POR SUP/INFRACCIÓN AL ART 205 DEL CPA”.